martes, 21 de junio de 2011

Censo para ilustradores + Proyecto de ley de jubilación

Diversas asociaciones de ilustradores están llevando adelante un censo de ilustradores profesionales de Argentina. La razón para este censo es intentar incluir también a los ilustradores en el proyecto de ley de jubilación para autores, que está llevando adelante Carlos Heller y Martín Sabbatella. Aquí se puede ver la presentación en el Salón de los Pasos Perdidos.

El proyecto presentado tiene al AUTOR únicamente como ESCRITOR LITERARIO:
"A los efectos de ésta ley se entiende por escritor literario a toda persona que desarrolle el uso de la palabra escrita como profesión y que trabaje con ese instrumento de modo profesional y artístico, dentro de los distintos tipos de géneros reconocidos a las composiciones literarias, como ser poesía, narrativa, ensayo y dramaturgia, en sentido amplio.
Quedan excluidos, de ésta definición, los trabajos científicos, técnicos, jurídicos, periodísticos, médicos, académicos, y en general todos aquellos cuyo objetivo sea el conocimiento de algún campo del saber, sin el propósito predominante de la creación literaria."
Obviamente, hay varios requisitos en cuanto a la cantidad de años en el ejercicio de la profesión, la edad, los aportes, etc. que pueden leer en el documento del proyecto.

Aquí están las direcciones para completar el censo. Les recomiendo completarlo sólo en una, para no duplicar la información. Hay tiempo hasta el 27 de junio.

Es necesario poder medir quiénes, cuántos, cómo y en qué condiciones trabajan los empleados de la industria cultural argentina (en todas sus variantes: libros, revistas, diarios, webs). Las preguntas apuntan a cuestiones del copyright, contratos y situación ante la AFIP.

Caben algunas otras preguntas:
* En la era de la edición digital, ¿cinco libros publicados son un número importante?
* ¿Quién define la categoría "composiciones literarias"?
* ¿Qué implica que todos autores de obras literarias se consideren, sin importar su calidad, para ser beneficiarios de la jubilación?
* ¿Cómo se regularía en el caso de los ilustradores?

¡Atenti!

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